Abogados de despidos en Granada
Si te han despedido, el reloj ya corre: tienes 20 días hábiles para impugnar. Revisamos tu carta de despido y te decimos, ese mismo día, qué puedes reclamar.
Lo primero: el plazo de 20 días hábiles
El despido se impugna presentando una papeleta de conciliación en el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (CMAC) de Granada dentro de los 20 días hábiles siguientes. No cuentan sábados, domingos ni festivos, y agosto sí cuenta para los despidos.
Es un plazo de caducidad. Si se pasa, el despido queda firme aunque sea claramente injusto. La papeleta detiene el plazo mientras se celebra la conciliación.
Tipos de despido y qué puedes conseguir
| Si el despido es… | Consecuencia |
|---|---|
| Improcedente | La empresa elige en 5 días: readmitirte o pagarte 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Por el tiempo trabajado antes del 12 de febrero de 2012 se aplican 45 días por año. |
| Nulo | Readmisión obligatoria en el mismo puesto y pago de los salarios dejados de percibir. Si se ha vulnerado un derecho fundamental, además, una indemnización por daños. |
| Procedente | Se mantiene el despido. En el disciplinario no hay indemnización; en el objetivo, 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades. |
¿Quieres una cifra orientativa? Usa la calculadora de indemnización por despido.
Despido disciplinario
La empresa te acusa de un incumplimiento grave: faltas, bajo rendimiento, desobediencia, transgresión de la buena fe. Tiene que entregarte una carta con los hechos concretos y la fecha de efectos, y después probarlos en juicio. Cartas genéricas, hechos que no se pueden demostrar o faltas que ya habían prescrito suelen acabar en improcedencia.
Despido objetivo
Se basa en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o en causas como la ineptitud sobrevenida. Exige carta con la causa, preaviso de 15 días (o su pago) y poner a tu disposición 20 días por año en el mismo momento de la entrega. Si falla alguno de estos requisitos, o la causa no se acredita, el despido puede ser improcedente.
Despido nulo
Revisa con especial cuidado tu caso si te han despedido estando embarazada, durante un permiso por nacimiento, con reducción de jornada por cuidado de hijos o familiares, tras reclamar tus derechos a la empresa o por motivos discriminatorios. En estos supuestos la ley protege especialmente al trabajador.
Despidos encubiertos
No superar un periodo de prueba que ya había terminado, la extinción de un contrato temporal en fraude de ley o la baja voluntaria que no firmaste por voluntad propia pueden ser despidos encubiertos. Se reclaman igual, y con el mismo plazo de 20 días.
Dónde se tramita en Granada
Primero, conciliación en el CMAC de la Delegación de Empleo en Granada. Si no hay acuerdo, demanda ante la sección de lo social del Tribunal de Instancia de Granada, que tiene su sede en el complejo judicial de La Caleta. Los asuntos de la costa se tramitan en la sección de lo social de Motril. En la vista hay una segunda conciliación ante el letrado de la Administración de Justicia y, si tampoco hay acuerdo, el juicio.
Qué traer a la primera cita
- La carta de despido y, si la hay, la comunicación de la empresa por WhatsApp o correo.
- El contrato de trabajo y sus prórrogas.
- Las últimas doce nóminas y tu vida laboral.
- El finiquito, aunque no lo hayas firmado.
- Cualquier prueba de lo que ha pasado: mensajes, correos, testigos.
Errores que hacen perder un despido
- Esperar a «ver qué pasa». El plazo de 20 días hábiles no se suspende por negociar con la empresa ni por estar de baja.
- Firmar el finiquito como conforme sin revisarlo. Si dudas, firma «no conforme».
- Firmar una baja voluntaria que te presentan junto a la carta. Convierte un despido en una dimisión, sin indemnización ni paro.
- Borrar los mensajes con la empresa o los compañeros. Son prueba.
- No pedir el paro a tiempo: tienes 15 días hábiles para solicitarlo sin perder prestación.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre despido improcedente y nulo?
¿Puedo cobrar el paro si me despiden?
¿Qué pasa si me despiden de palabra o dejan de darme trabajo?
¿Tengo que ir a juicio?
¿Cuánto cobra un abogado por un despido?
¿Te han despedido?
Cuéntanoslo hoy. Cuanto antes se presente la papeleta, más margen para negociar.
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Contenido revisado por Álvaro Cardoso Díaz, abogado colegiado n.º 7.981 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Granada. Última actualización: 21 de octubre de 2026.