La aseguradora me ofrece poco: qué hacer con la oferta motivada
La aseguradora tiene tres meses desde tu reclamación para hacerte una oferta motivada o explicarte por qué no la hace. Puedes cobrar lo ofrecido sin renunciar a reclamar el resto, pedir un informe al Instituto de Medicina Legal a su costa o demandar. Y desde que te la notifican tienes un año nuevo de plazo.
Qué tiene que contener la oferta
Según el artículo 7.3 de la Ley de responsabilidad civil y seguro en la circulación, la oferta motivada:
- Separa los daños personales de los materiales.
- Calcula los daños personales con el baremo.
- Desglosa los documentos e informes en que se basa e incluye el informe médico pericial definitivo. Si no lo adjunta, la aseguradora no podrá aportar luego un informe pericial definitivo en el juicio.
- Dice expresamente que el pago no te obliga a renunciar a reclamar más.
Si no hace oferta, tiene que darte una respuesta motivada explicando por qué: que no está clara la culpa, que no puede cuantificar todavía el daño o que rechaza la reclamación. Si es porque sigues en tratamiento, debe ofrecerte pagos a cuenta e informarte cada dos meses.
Lo que hay que revisar
| Partida | Error frecuente |
|---|---|
| Días de lesión | Cortar el periodo antes del alta real o valorar como básicos días en que no pudiste trabajar (moderados). |
| Secuelas | No reconocer la secuela o puntuarla por debajo de la horquilla del baremo. |
| Operaciones | Valorarlas en el mínimo sin tener en cuenta la técnica y la anestesia. |
| Gastos | Olvidar la rehabilitación privada, los medicamentos o los desplazamientos. |
| Lucro cesante | No incluir lo que dejaste de ingresar, sobre todo si eres autónomo. |
Compara la oferta con tu propio cálculo en la calculadora del baremo 2026.
Tus opciones
- Aceptar y cobrar. Si está bien calculada. La aseguradora tiene cinco días para pagar desde que aceptas; si no, debe intereses.
- Cobrar y reclamar la diferencia. El pago no supone renuncia si la oferta cumple la ley.
- Pedir informe al Instituto de Medicina Legal, a cargo de la aseguradora y aunque no esté de acuerdo. Obliga a una nueva oferta en el mes siguiente al informe y mantiene interrumpido el plazo.
- Mediación u otro medio de solución extrajudicial (artículo 14).
- Demandar, aportando la oferta o la respuesta motivada (artículo 7.8).
Preguntas frecuentes
Si cobro la oferta, ¿ya no puedo reclamar más?
Han pasado tres meses y no me han contestado.
¿El informe del Instituto de Medicina Legal me cuesta algo?
¿Te han hecho una oferta?
Mándanos la oferta y tus informes médicos por WhatsApp. Te diremos si está bien calculada.
Contenido revisado por Álvaro Cardoso Díaz, abogado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Granada y director de Cardoso Abogados. Última actualización: 23 de octubre de 2026.