Cardoso AbogadosLaboral, bancario y tráfico · Granada

Abogados de accidentes de tráfico en Granada

Si has tenido un accidente de tráfico y no fuiste el culpable, la aseguradora del otro vehículo tiene que pagarte las lesiones, las secuelas, los gastos y lo que hayas dejado de ganar, según el baremo de tráfico, con las cuantías actualizadas a 2026. Tienes un año para reclamar, que por lo general cuenta desde el alta o la estabilización de las lesiones, y la aseguradora tiene tres meses para hacerte una oferta motivada. Revisamos esa oferta y, si se queda corta, reclamamos el resto en cualquier juzgado de la provincia.

Qué se puede reclamar

ConceptoCómo se calcula (2026)
Días de lesión39,20 € por día de perjuicio básico; 67,96 € si es moderado, 98,02 € si es grave (por ejemplo, ingresado) y 130,69 € si es muy grave (UCI). Cada día cuenta en un solo grado.
OperacionesEntre 522,76 € y 2.091,05 € por cada intervención quirúrgica.
SecuelasPuntos según el baremo médico, multiplicados por un valor que baja con la edad (tabla 2.A.2). Las secuelas estéticas se valoran aparte.
GastosAsistencia sanitaria, rehabilitación, prótesis y los desplazamientos para tratarte.
Lucro cesanteLo que dejas de ingresar por las lesiones, descontando las prestaciones públicas.
Daños materialesEl vehículo, el casco, la ropa y lo que llevabas.

Las cuantías son las oficiales de 2026, publicadas por la Dirección General de Seguros (tablas del baremo 2026, Resolución de 3 de febrero de 2026). Calcula tu caso con nuestra calculadora del baremo 2026.

Cómo se reclama, paso a paso

  1. Atención médica cuanto antes. En los latigazos cervicales, tiene especial importancia que los síntomas o la primera asistencia sean de las 72 horas siguientes al accidente. Pide el atestado a la policía o rellena el parte amistoso.
  2. Reclamación a la aseguradora. Es obligatoria antes de demandar y no hace falta poner una cifra. Interrumpe el plazo de prescripción de un año (artículo 7 de la Ley de responsabilidad civil y seguro en la circulación).
  3. Oferta o respuesta motivada en un plazo de tres meses. La oferta tiene que desglosar lo que te paga y adjuntar el informe médico definitivo. Si no llega a tiempo y no hay una causa que lo justifique, la aseguradora debe intereses de demora.
  4. Si no estás de acuerdo, puedes cobrar lo ofrecido sin renunciar al resto, pedir un informe al Instituto de Medicina Legal a cargo de la aseguradora o acudir a una mediación. Te lo explicamos en qué hacer con la oferta de la aseguradora.
  5. Demanda ante el juzgado del lugar del accidente (artículo 52.1.9.º de la Ley de Enjuiciamiento Civil), con la oferta o la respuesta de la aseguradora.
Plazo: un año para reclamar, que por lo general cuenta desde el alta o la estabilización de las lesiones. La reclamación a la aseguradora lo interrumpe y, desde que te notifican su oferta o su respuesta motivada, empieza a contar un año nuevo.

¿Vía penal o civil?

La mayoría de los accidentes se reclaman por la vía civil. Puede haber delito si la imprudencia es grave o menos grave y las lesiones necesitaron, además de la primera asistencia, tratamiento médico o quirúrgico (artículo 152 del Código Penal); en la imprudencia menos grave hace falta tu denuncia. Elegir bien la vía influye en el tiempo y en la prueba, y lo decidimos contigo al principio.

Si ibas o volvías del trabajo

Además de la reclamación a la aseguradora, es un accidente de trabajo: tu baja es por contingencia profesional y las prestaciones son mejores. Llevamos las dos reclamaciones a la vez.

Rehabilitación: centros con los que colaboramos

La rehabilitación te ayuda a recuperarte y deja constancia médica de cada sesión, que luego cuenta en la reclamación. Colaboramos con centros de rehabilitación de Granada, como Global Medical, que trabajan con el convenio de asistencia sanitaria de UNESPA, la asociación de las aseguradoras, para lesionados de tráfico: si la aseguradora está adherida al convenio y autoriza el expediente, paga el tratamiento directamente al centro (artículo 141.2 de la ley). Si prefieres otro centro, puedes elegirlo: en los accidentes ocurridos desde el 26 de julio de 2025, la ley garantiza expresamente la libre elección, y la aseguradora te reembolsa lo que pagues si está justificado y es médicamente razonable.

Tu seguro y tu abogado

Si tu póliza tiene defensa jurídica, la Ley de Contrato de Seguro (art. 76 d) te reconoce el derecho a elegir libremente a tu abogado, que no está sujeto a las instrucciones de la aseguradora. Antes de empezar comprobamos contigo la póliza y te damos un presupuesto cerrado por escrito.

En toda la provincia de Granada

El juicio por la indemnización se celebra en el juzgado del lugar del accidente. Estos son los partidos judiciales de la provincia; en cada uno te contamos dónde se tramita y cómo lo llevamos desde Granada.

Partido judicialSedeZona
GranadaTribunal de Instancia de GranadaCapital y municipios de su partido judicial
MotrilC/ Fielato de la Posta, s/n, 18600 MotrilLa Costa Tropical
AlmuñécarC/ Ítrabo, 1, 18690 AlmuñécarLa Costa Tropical
LojaC/ Real, 10, 18300 LojaEl poniente granadino
Santa FeC/ Pintor Juan Ruiz, s/n, 18320 Santa FeLa Vega de Granada
GuadixAvenida Medina Olmos, 53, GuadixLa comarca de Guadix
BazaCarretera de Granada, 10, 18800 BazaEl Altiplano
HuéscarAvenida de Granada, 3, HuéscarEl extremo norte de la provincia
ÓrgivaCalle Estación, s/n (esquina Barrio Luque), ÓrgivaLa Alpujarra

Según cómo fue el accidente

Preguntas frecuentes

¿Tengo que dejarme ver por el médico de la aseguradora?

Sí: la ley te obliga a colaborar para que los servicios médicos del responsable te reconozcan y sigan tu evolución. Eso no te impide tratarte donde quieras. En los accidentes ocurridos desde el 26 de julio de 2025, la ley obliga además a la aseguradora a garantizar tu libre elección de centro y a reembolsarte lo que pagues si está justificado y es médicamente razonable.

Iba de pasajero. ¿Puedo reclamar?

Sí. Como pasajero no tienes culpa en la conducción y reclamas al seguro del vehículo responsable, aunque sea el del coche en el que ibas. Ojo: si no llevabas el cinturón y eso agravó las lesiones, la indemnización puede reducirse.

Yo también tuve algo de culpa. ¿Pierdo la indemnización?

No necesariamente. Si contribuiste al accidente, la indemnización se reduce en proporción, hasta un máximo del 75 %. Si la víctima es un menor de 14 años y no conducía un vehículo a motor, la indemnización por lesiones y secuelas no se reduce.

¿Cuánto cuesta el abogado?

Antes de empezar te damos un presupuesto cerrado por escrito. Si tu póliza incluye defensa jurídica, puedes elegirnos a nosotros como abogados y la póliza paga los honorarios hasta su límite.

El otro conductor no tenía seguro o se dio a la fuga. ¿Quién paga?

El Consorcio de Compensación de Seguros, dentro de los límites del seguro obligatorio. Si el vehículo no tenía seguro, cubre los daños personales y los materiales. Si es desconocido, cubre los daños personales y, solo cuando ha habido muerte, incapacidad permanente o más de tres días de hospital, también los materiales, con una posible franquicia de hasta 500 euros. Si después se identifica el vehículo y tenía seguro, paga su aseguradora.

¿Has tenido un accidente?

Cuéntanos qué pasó y mándanos el parte o el atestado y los informes médicos. Te diremos cuánto te corresponde.

Contenido revisado por Álvaro Cardoso Díaz, abogado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Granada y director de Cardoso Abogados. Última actualización: 23 de octubre de 2026.

LlamarWhatsApp